Hazte Fedatario/a

Hazte Fedataria

¿Qué es un fedatario / fedataria?

Las fedatarias son las personas debidamente autorizadas para poder recoger firmas para la ILP, son las responsables de la custodia, uso adecuado, recogida y entrega a la Comisión Promotora de los pliegos firmados.

La palabra fedataria significa que la persona da fe de la autenticidad de las firmas.

Procedimiento: ¿Quieres ser fedatario / fedataria?

Requisitos para poder ser fedataria: 
Ser mayor de 18 años.
No estar privado de los derechos políticos.
Estar inscrito como domiciliadas en el padrón de algún municipio de Cataluña.
Tener nacionalidad: a) española, b) ser ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea salvo el Estado Español o ciudadanos de Islandia, Liechtestein, Noruega o Suiza; c) o residir legalmente en España, de acuerdo con la normativa en materia de extranjería.

Guía de uso ILP Generalitat de Catalunya

Quién puede firmar?

Puede «firmar» (apoyar) una propuesta de ley promovida por la ciudadanía
cualquier persona que no esté privada de derechos políticos y que:
a) tenga la condición política de catalán / a.
b) sin este requisito, sea mayor de dieciséis años, esté inscrita en cualquier
municipio catalán, y que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:
– Tener la nacionalidad española.
– Ser ciudadano / a de cualquier estado de la Unión Europea, de Islandia, de Liechtenstein, Noruega o Suiza.
– Residir legalmente en España, de acuerdo con la normativa de extranjería.

Puede firmar una iniciativa legislativa popular cualquier persona catalana, es decir: que, teniendo nacionalidad española, tenga también más de dieciocho años y resida en algún municipio catalán, esto quiere decir que esté inscrita en el padrón municipal.

También puede firmar cualquier persona de más de dieciséis años, que tenga la nacionalidad española y que estén empadronados en cualquier municipio catalán.

Este apartado es la consecuencia lógica de la ampliación que hace la Ley 1/2006 a las personas mayores de dieciséis años que, aunque no tienen condición política de catalanas, porque todavía no pueden votar, en cambio sí pueden signarqualsevol iniciativa legislativa popular.

En cuanto a las personas extranjeras, se exige el requisito de que tengan la residencia legal en España o sean nacionales de la Unión Europea, de Islandia, de Liechtenstein, Noruega o Suiza.

La Ley 1/2006, de 16 de febrero, de la iniciativa legislativa popular regula la institución de la iniciativa legislativa popular en Cataluña, entendida como una pieza clave en el funcionamiento del sistema democrático. El número de firmas que se necesitan para que la ILP prospere en Cataluña es de 50.000.

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